El nuevo sistema SII será aplicable a partir del 1 de Julio de 2017 con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente: inscritos en el REDEME, grandes empresas (facturación superior a 6 millones de €) y grupos de IVA. El nuevo SII también será aplicable a los sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.
El sistema consiste en el suministro electrónico e inmediato, a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), de los registros de facturación de los sujetos pasivos de forma individualizada, así como de otra información adicional de relevancia fiscal no contenida en tales registros.